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Modelos 720 y 721: El Control de Activos en el Extranjero

La transparencia fiscal internacional es una de las prioridades absolutas de la Agencia Tributaria. Tras años de litigios en Europa, el marco legal para declarar bienes en el extranjero se ha estabilizado, pero no por ello es menos riguroso. Si tienes activos fuera de España, entender la diferencia entre informar y tributar es la clave para evitar inspecciones innecesarias.


1. El Nuevo Modelo 720: Seguridad Jurídica tras el TJUE


El Modelo 720 vivió un punto de inflexión en enero de 2022. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) declaró ilegales las sanciones desproporcionadas y la imprescriptibilidad que lo caracterizaban. Sin embargo, este fallo no eliminó la obligación de informar; simplemente la devolvió a un régimen sancionador más humano y proporcional.


¿Quién debe declarar?


La obligación recae sobre residentes fiscales en España que superen el umbral de 50.000 € en cualquiera de los siguientes tres bloques independientes:


  • Bloque 1: Cuentas en entidades financieras. No solo como titular, sino también como representante, autorizado o beneficiario. Se debe reportar tanto el saldo a 31 de diciembre como el saldo medio del último trimestre.

  • Bloque 2: Valores, Seguros y Rentas. Aquí entran acciones de empresas extranjeras, participaciones en IIC (fondos de inversión), seguros de vida y rentas temporales o vitalicias gestionadas fuera de nuestras fronteras.

  • Bloque 3: Bienes Inmuebles. Propiedades físicas o derechos reales sobre las mismas (usufructos, nuda propiedad, etc.).

Regla de Oro: Una vez presentado el modelo por primera vez, solo tendrás que volver a presentarlo en años sucesivos si el valor de alguno de los bloques experimenta un incremento superior a los 20.000 € respecto a la última declaración.

2. Modelo 721: El Nuevo Escudo para Criptoactivos


La dificultad de Hacienda para rastrear activos digitales ha dado lugar al Modelo 721, una declaración informativa específica para monedas virtuales situadas en el extranjero. Este modelo segrega las criptos del 720 para aplicar un control mucho más granular.


¿Dónde se consideran "situadas" las criptomonedas?


Este es el punto que más confusión genera. La norma establece que las criptos están en el extranjero cuando la entidad que presta el servicio de custodia (el exchange) no tiene su residencia fiscal en España.


La Excepción del "Monedero Frío" (Self-Custody)


Si eres de los que prefiere el control total y guardas tus activos en una hardware wallet (como Ledger o Trezor) donde tú posees las claves privadas:


  • No estás obligado a presentar el Modelo 721. Al no haber un custodio externo, se considera que el activo está bajo tu posesión física en España.

  • Ojo con el Impuesto sobre el Patrimonio: Que no se informe en el 721 no significa que el activo sea invisible. Si por su valor total estás obligado a presentar Patrimonio, las criptos en monederos fríos deben incluirse allí.


3. El Riesgo Real: Ganancia Patrimonial No Justificada


Aunque las multas fijas de 5.000 € han pasado a la historia, el peligro no ha desaparecido. Las sanciones actuales oscilan entre los 150 € y 250 € por dato o conjunto de datos, pero el verdadero "arma nuclear" de Hacienda es la Ganancia Patrimonial No Justificada.

Si la Agencia Tributaria descubre activos no declarados, puede imputar su valor total como una renta no declarada en el último ejercicio de IRPF no prescrito. Esto puede suponer:


  1. Pagar hasta un 45%-50% del valor del bien en impuestos.

  2. Intereses de demora por los años de retraso.

  3. Una sanción adicional sobre la cuota defraudada.


Consejos de Planificación TaxMind


  • Auditoría de Titularidades: A menudo, los clientes olvidan que son "autorizados" en cuentas de familiares mayores. Ese simple hecho puede disparar la obligación de presentar el Modelo 720.


  • Cruce de Datos IRPF: Es vital que los rendimientos declarados en el IRPF (dividendos, intereses) coincidan con los activos informados en el 720. Las discrepancias son la señal de alerta automática para Hacienda.


  • Valoración Homogénea: Asegúrate de utilizar los tipos de cambio oficiales del BCE a fecha de 31 de diciembre para evitar errores de cálculo por pocos euros que te obliguen a declarar.


¿No estás seguro de si tus activos en el extranjero superan los umbrales legales o si tu exchange es considerado extranjero? En TaxMind realizamos un análisis exhaustivo de tu patrimonio global para asegurar que cumples con la normativa sin pagar de más.

 
 
 

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